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Título Preliminar. Disposiciones Generales Artículo 8 1. Los ciudadanos de Cataluña son titulares de los derechos y deberes fundamentales establecidos en la Constitución. 2. Corresponde a la Generalidad, como poder público y en el ámbito de su competencia, promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. |
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