Estatuto de Autonomia de Cataluña de 1979

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Título Preliminar.
Disposiciones Generales



Artículo 8



1. Los ciudadanos de Cataluña son titulares de los derechos y deberes fundamentales establecidos en la Constitución.

2. Corresponde a la Generalidad, como poder público y en el ámbito de su competencia, promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.








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