Aquel comportamiento que una persona ha de realizar por una imposición legal, moral, social, etc. Jurídicamente se limita a aquellos comportamientos que son exigibles por una imposición legal o un acuerdo voluntario entre partes. En ocasiones se refiere al documento notarial o privado en el cual se recoge por escrito el contenido del comportamiento acordado, normalmente un reconocimiento de deuda, una promesa de pago u otra prestación. En medios económicos es el título, comúnmente amortizable, al portador y con interés fijo, que representa una suma prestada o exigible. Tienen su regulación particular dentro de las normas mercantiles.php |