Si existen menores, pensiones al exconyuge, o alimentos, las modificaciones se deben hacer a traves del juzgado.
Siempre se puede iniciar el procedimiento de mutuo acuerdo, no es exactamente extrajudicial, pero, iendo las dos partes al unísono, no se suelen producir retrasos, choques, sorpresas o cambios en la sentencia, respecto a la propuesta de comun acuerdo de las partes.
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